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Dos mil cuatrocientas cincuenta y seis plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional Personal Funcionario

20 de noviembre de 2022 07:24   Administración General del Estado   Madrid   40 vista ID Portal / Referencia: 192
Disposiciones

Boletín Oficial del Estado: viernes 18 de noviembre de 2022, Núm. 277

MINISTERIO DEL INTERIOR

Cuerpo Nacional de Policía

  • Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; y el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 publicado mediante Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública; Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional; Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Real Decreto 637/2010, de 14 de mayo por el que se prevé la incorporación de los deportistas de alto nivel a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional, en aplicación a la Orden PCI/154/2019, de 19 febrero, relativa al Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 noviembre de 2018; Real Decreto 410/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para el año 2022; Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional; Orden del Ministro del Interior, de 24 de octubre de 1989 por la que, con carácter provisional, se desarrollan las previsiones contenidas en el Reglamento de Ingreso, Formación, Promoción y Perfeccionamiento de Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía; Orden del Ministro del Interior de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía; y demás normas de aplicación directa o supletoria, previo informe favorable de la Dirección General de Función Pública y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 4.1 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.

Esta Dirección General convoca pruebas selectivas para cubrir vacantes en la Escala Básica, Categoría de Policía, de la Policía Nacional, con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Número de plazas. Sistema de provisión. Fases del proceso selectivo

1.1 Número de plazas. Sistema de provisión.

Se convocan 2.456 plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.

Del total de 2.456 plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, se reservan 491 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, en su redacción dada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Las 1.965 plazas restantes serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.

Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería que no sean cubiertas se acumularán a las 1965.

El tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas de la fase de oposición, un número de opositores/as superior al de plazas convocadas.

En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, los criterios de prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos a otros/as serán los siguientes:

1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda prueba (conocimientos).

2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).

3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba y, en caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el empate.

1.2 Fases del proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de formación y c) módulo de formación práctica en puesto de trabajo.

3. Plazo para solicitud de admisión. Liquidación de las tasas de examen

3.1 Plazo para solicitud de admisión.

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Liquidación de las tasas de examen.

Los procedimientos de inscripción en el proceso y liquidación de las tasas, se recogen en el anexo III de la presente convocatoria.

Organismo / Unidad convocante
Administración General del Estado: A.G.E.
Administración Estatal: Administraciones Públicas del Estado
CIF: S2833011F